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Ley 20.667: qué derechos tiene el asegurado en Chile

Ley 20.667 explicada: qué puede exigir el asegurado, plazos de respuesta y cómo impugnar el monto si te rechazan. Revisión de tu caso sin costo.

31 de enero de 2026 · Actualizado 12 de mayo de 2026 · Equipo PagoSiniestros

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Resumen rápido

Ley 20.667 explicada: qué puede exigir el asegurado, plazos de respuesta y cómo impugnar el monto si te rechazan. Revisión de tu caso sin costo.

Cuando ocurre un siniestro, la relación entre asegurado y aseguradora se siente desigual. Ellos tienen abogados, liquidadores y experiencia en miles de casos. Tú probablemente es la primera vez que necesitas usar tu seguro. Esa asimetría hace que muchos asegurados acepten indemnizaciones injustas, plazos excesivos o rechazos que no corresponden.

La ley chilena te protege más de lo que imaginas. Esta guía te explica tus derechos como asegurado, qué organismos velan por su cumplimiento y cómo hacerlos valer cuando la aseguradora no cumple. Si pagas dividendo hipotecario, ya pagas un Seguro de Incendio y Sismo asociado a tu vivienda: en PagoSiniestros, ingenieros civiles y abogados analizan tu caso y gestionan el proceso ante la compañía para que el pago lo recibas tú.

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¿Ya denunciaste y la aseguradora te pidió un presupuesto? Confeccionamos un presupuesto profesional basado en el acta de inspección y los daños observados. Solicitar presupuesto por WhatsApp.

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El Marco Legal que te Protege

La Ley de Seguros (DFL 251 y Código de Comercio)

El contrato de seguro en Chile está regulado por el Título VIII del Libro II del Código de Comercio, incorporado por la Ley 20.667 de 2013. Esta ley modernizó significativamente los derechos de los asegurados.

Principios fundamentales

La ley establece varios principios que favorecen al asegurado:

  • Principio de buena fe: Ambas partes deben actuar con honestidad y transparencia
  • Principio de indemnización: El seguro busca dejarte en la misma posición económica previa al siniestro
  • Interpretación pro-asegurado: Las cláusulas ambiguas se interpretan a favor del asegurado
  • Irrenunciabilidad de derechos: No puedes renunciar por contrato a los derechos que la ley te otorga

Tus Derechos Concretos

Derecho a información clara

La aseguradora está obligada a explicarte en lenguaje comprensible:

  • Las coberturas y exclusiones de tu póliza
  • Los deducibles aplicables
  • El proceso de denuncia y reclamo
  • Los plazos de respuesta
  • El nombre y contacto del liquidador asignado

Si la aseguradora te envía documentos técnicos sin explicación, tienes derecho a exigir una versión comprensible.

Derecho a una respuesta oportuna

La aseguradora tiene plazos máximos para actuar:

  • Designar liquidador: Dentro de los 2 días hábiles siguientes a la denuncia
  • Enviar al liquidador: Dentro de los 5-10 días hábiles (según complejidad)
  • Emitir el informe: En un plazo razonable (la CMF considera 30-45 días como referencia)
  • Pagar la indemnización: Una vez aceptado el reclamo, dentro de los 10 días hábiles

Si la aseguradora no cumple estos plazos sin justificación, estás en tu derecho de reclamar.

Derecho a impugnar la valorización

Si no estás de acuerdo con el monto que la aseguradora ofrece, puedes:

  • Solicitar el informe completo del liquidador
  • Presentar contra-presupuestos independientes
  • Pedir una segunda inspección
  • Solicitar la designación de un segundo liquidador
  • Recurrir a arbitraje si la póliza lo contempla

Derecho al pago oportuno

Una vez que la aseguradora acepta el reclamo (total o parcialmente), debe pagar dentro de los plazos establecidos. La ley contempla el pago de intereses corrientes si la aseguradora se demora injustificadamente.

Derecho a la cobertura provisional

En siniestros donde la aseguradora aún no se pronuncia pero el daño requiere acción urgente (por ejemplo, habitación temporal por incendio), tienes derecho a solicitar un anticipo de la indemnización para gastos de emergencia.

Derecho a reclamar ante la CMF

Si la aseguradora vulnera tus derechos, puedes presentar un reclamo formal ante la Comisión para el Mercado Financiero. La CMF tiene la facultad de:

  • Investigar la conducta de la aseguradora
  • Ordenar el pago de indemnizaciones
  • Aplicar multas a la aseguradora
  • Revocar la autorización para operar en casos graves

Organismos que te Protegen

CMF (Comisión para el Mercado Financiero)

Es el regulador principal de las aseguradoras en Chile. Puedes presentar reclamos a través de:

  • Web: www.cmfchile.cl (sección reclamos)
  • Presencial: Oficinas en Santiago y regiones
  • Teléfono: Mesa de ayuda de la CMF

La CMF lleva un registro público de reclamos contra aseguradoras. Puedes consultarlo para ver el historial de la tuya.

SERNAC (Servicio Nacional del Consumidor)

Aunque no es el regulador especializado, el SERNAC puede intervenir cuando hay vulneración de la Ley del Consumidor en la relación asegurado-aseguradora. Es especialmente útil en casos de:

  • Publicidad engañosa sobre coberturas
  • Cláusulas abusivas en contratos de adhesión
  • Negativa de información al consumidor

Tribunales de justicia

Como último recurso, puedes demandar a la aseguradora ante tribunales civiles. Esto es especialmente relevante en casos de montos altos donde la diferencia justifica un proceso judicial.

Situaciones Comunes y tus Derechos

"Tu siniestro no está cubierto"

Si la aseguradora rechaza tu reclamo, debe entregarte una explicación por escrito con la cláusula específica de la póliza que fundamenta el rechazo. Un rechazo verbal o sin fundamento es ilegal.

"El presupuesto del liquidador es definitivo"

Falso. Tienes derecho a impugnar cualquier valorización. El presupuesto del liquidador es una propuesta, no una sentencia.

"Debes aceptar dentro de X días o pierdes el derecho"

Revisa tu póliza. La prescripción del contrato de seguro en Chile es de 4 años desde la ocurrencia del siniestro. Los plazos internos de la aseguradora no pueden ser menores a lo que la ley establece.

"No puedes tener tu propio perito"

Falso. Tienes pleno derecho a contratar un perito independiente que te represente durante la inspección y el proceso de valorización.

"Si reclamas a la CMF, el caso se paraliza"

Falso. El reclamo ante la CMF no suspende ni paraliza tu caso. La aseguradora debe seguir atendiendo tu siniestro mientras la CMF investiga.

Checklist: Haz Valer tus Derechos

  • [ ] Conocer el número de tu póliza y tenerla accesible
  • [ ] Exigir respuesta por escrito a cualquier solicitud o reclamo
  • [ ] Guardar copia de todas las comunicaciones con la aseguradora
  • [ ] Solicitar el informe del liquidador una vez emitido
  • [ ] No aceptar rechazos verbales (exigir fundamento escrito)
  • [ ] No firmar documentos sin leerlos completamente
  • [ ] Obtener tus propios presupuestos antes de aceptar la oferta
  • [ ] Anotar nombres y cargos de cada persona con la que hables
  • [ ] Registrar fechas de cada comunicación y compromiso
  • [ ] Si los plazos no se cumplen, reclamar ante la CMF
  • [ ] Considerar apoyo profesional para casos complejos

Errores Comunes que Debes Evitar

Creer todo lo que dice el ejecutivo de la aseguradora. Los ejecutivos de atención al cliente no siempre conocen la ley a fondo. Si te dicen algo que suena raro, verifica con la CMF o con un profesional.

Aceptar un rechazo sin pedir el fundamento escrito. La aseguradora debe citar la cláusula exacta de tu póliza que respalda el rechazo. Sin ese fundamento, el rechazo no tiene validez.

No reclamar por "vergüenza" o "flojera". Tu prima de seguro es un pago mensual por un servicio. Exigir que te cumplan no es abuso, es tu derecho.

Firmar documentos de "finiquito" sin leerlos. Al aceptar una indemnización, la aseguradora puede pedirte firmar un finiquito que renuncia a reclamos futuros por ese siniestro. Léelo con atención antes de firmar.

Dejar prescribir tu derecho. Tienes 4 años desde el siniestro para reclamar judicialmente. No dejes pasar el tiempo sin actuar si consideras que tu caso fue mal resuelto.

Preguntas Frecuentes

¿La aseguradora puede cancelar mi póliza si reclamo mucho? La aseguradora puede no renovar tu póliza al vencimiento, pero no puede cancelarla durante su vigencia por presentar reclamos legítimos. Si lo hace, es una práctica abusiva denunciable ante la CMF.

¿Cuánto demora un reclamo ante la CMF? Entre 30 y 90 días en promedio. La CMF notifica a la aseguradora y le da un plazo para responder. Luego emite una resolución.

¿Puedo reclamar si mi seguro es del crédito hipotecario? Sí. Aunque el beneficiario principal es el banco, tú como asegurado tienes derechos. Si el monto del siniestro supera la deuda, el excedente es para ti.

¿Necesito un abogado para reclamar ante la CMF? No. El reclamo ante la CMF es gratuito y no requiere abogado. Sin embargo, para casos complejos o de alto monto, contar con asesoría profesional mejora significativamente las probabilidades de éxito.

Antes de reparar, revisa tu caso

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Lista de verificación

  • Póliza de seguro vigente

    Documento principal donde figuran coberturas, exclusiones y montos asegurados.

  • Comprobante de pago de la prima al día

    Si la prima estaba impaga al momento del siniestro, la aseguradora puede rechazar.

  • Denuncia del siniestro dentro del plazo (3 días por defecto)

    Hecha por escrito, con número de denuncia y fecha registrada.

  • Registro fotográfico de los daños y origen

    Antes de hacer reparaciones de emergencia. Idealmente con fecha en metadatos.

  • Boletas/facturas de bienes dañados

    Para acreditar valor. Si no hay, sirven fotos previas o tasaciones independientes.

  • Comunicaciones escritas con liquidador y aseguradora

    Correos y cartas. Sirven para acreditar plazos y respuestas formales.

Preguntas frecuentes

¿Tengo derecho a impugnar el monto que ofrece la aseguradora?

Sí. La Ley 20.667 te permite impugnar el informe del liquidador y solicitar nueva tasación. Si el desacuerdo persiste, puedes presentar reclamo formal ante la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) o iniciar acción judicial. Aceptar el primer monto ofrecido nunca es obligatorio.

¿Cuánto tiempo tiene la aseguradora para responder mi denuncia?

El liquidador tiene 45 días corridos para emitir su informe (90 si el monto supera UF 5.000), contados desde que recibe los antecedentes. Una vez aceptada la liquidación, la aseguradora tiene 6 días hábiles para pagar. Cualquier demora más allá de eso te habilita a reclamar formalmente.

¿Qué hago si me rechazan el siniestro?

Pide el rechazo por escrito con la causal específica. Tienes derecho a impugnar ante la propia aseguradora (reclamo interno) y, si persiste el desacuerdo, presentar reclamo formal ante la CMF o iniciar acción judicial. No firmes finiquito ni renuncia a reclamo si no estás de acuerdo.

¿Puedo elegir mi propio liquidador?

El liquidador lo designa la aseguradora en montos bajos. En siniestros mayores tienes derecho a designar un liquidador conjunto o pedir cambio si demuestras conflicto de interés. Si sospechas que el liquidador favorece a la aseguradora, puedes contratar un liquidador independiente para una segunda opinión.

¿La CMF puede obligar a la aseguradora a pagarme?

La CMF supervisa y sanciona, pero no resuelve disputas civiles individuales como un tribunal. Sí puede investigar, multar a la aseguradora y exigir cambios de prácticas. Para forzar el pago de un monto en disputa cuando la aseguradora persiste en el incumplimiento, el camino es la justicia ordinaria. La CMF presiona vía sanción regulatoria y muchas veces la aseguradora rectifica antes de llegar a juicio.

También atendemos rotura de cañerías en tu comuna

Si tuviste filtración o rotura de cañería, te asesoramos en activar tu Seguro de Incendio y Sismo desde el primer día. Ver guía general de rotura de cañerías o seleccionar tu comuna:

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